Capitulo II: Finalidad de la Legión de
María.
II
Finalidad
La Legión María tiene como fin la gloria de Dios por
medio de la santificación personal de sus propios miembros mediante la
oración y colaboración activa -bajo la dirección de la Jerarquía- a la obra
de la Iglesia y de María: aplastar la cabeza de la serpiente infernal y
ensanchar las fronteras del reinado de Cristo.
Después de contar con la aprobación del Concilium, y dentro de los
límites prescritos por el Manual Oficial de la Legión, ésta se pone al
servicio del obispo diocesano y del cura párroco, para cualquier obra social
o de acción católica que, a juicio de dichas autoridades, pueda contribuir
al bien de la Iglesia, y esté al alcance de los legionarios. Sin el
consentimiento del párroco o del Ordinario, jamás emprenderán los
legionarios ninguna de esas obras en su parroquia.
Por "Ordinario" se entiende en estas páginas el Ordinario del lugar: el
obispo de la diócesis u otra autoridad eclesiástica competente.
a) El fin inmediato de la colaboración de los seglares, en el apostolado
de la jerarquía coincide con el fin apostólico de la Iglesia, es decir:
evangelizar y santificar a los hombres y formar cristianamente su
conciencia, de suerte que puedan imbuir de espíritu evangélico las diversas
comunidades y los diversos ambientes.
b) Los seglares, al cooperar según su condición específica con la
jerarquía, ofrecen su experiencia y asumen su responsabilidad en la
dirección de estas organizaciones, en el examen cuidadoso de las condiciones
en que ha de ejercerse la acción pastoral de la Iglesia, y en la elaboración
y desarrollo de los programas de trabajo.
c) Los seglares trabajan unidos a la manera de un cuerpo orgánico, de
forma que se manifieste mejor la comunidad de la Iglesia y resulte más
eficáz el apostolado.
d) Los seglares –ya se ofrezcan espontáneamente, ya sean invitados a la
acción y a la directa cooperación con el apostolado jerárquico-, obran bajo
la dirección superior de la misma Jerarquía, la cual puede sancionar esta
cooperación incluso por un mandato explícito" ( AA, 20 ).