1.-Ésta es una asociación que une en una gran familia a los
fieles que se comprometen a recitar los quince misterios del Rosario
por los menos una vez a la semana. La calidad de miembro de una
familia significa que ésta ha de repartir todo entre sus miembros.
Los que se incorporan a la Cofradía del Rosario quedan invitados a
colocar en las manos de Nuestra Señora no sólo sus rosarios, sino
también el valor de todas sus obras, sufrimientos y oraciones para
ser distribuidos como Ella lo considere conveniente entre los demás
miembros de la familia y según las necesidades de la Iglesia. La
Cofradía fue fundada por el Padre dominico Alan de la Roche en el
año 1470. Su difusión y extensión es especial responsibilidad de la
familia dominicana. Por esta razón todos los inscritos se convierten
en participantes de los beneficios espirituales de la Órden.
2.-El hecho de ser San Luis María de Monfort no sólo miembro de
dicha Cofradía, sino también fervorosísimo propagandista de la
misma, habría de servir de reclamo al legionario. Todavía existe el
interesante documento que sigue: "Nos, el Provincial de la Orden de
Predicadores, afirmamos y declaramos por la presente que Luis María
Griñón de Montfort, Hermano de nuestra Orden Tercera, predica por
todas partes y con gran celo, edificación y fruto la Cofradía del
Rosario en todas las misiones dadas por él continuamente en ciudades
y aldeas".
3.-Para ser socio, es menester inscribir el nombre y apellido
en el registro de socios en cualquier Iglesia donde se halle
establecida la Cofradía. Deben rezarse los quince misterios del
Rosario por lo menos una vez cada semana, meditando en los misterios
durante el rezo. No obliga bajo pecado. El Rosario diario satisface
dicha obligación, y con creces. No se necesita decir los cinco
misterios todos seguidos; pueden distribuirse según convenga. No hay
juntas, ni suscripción obligada.
4.-He aquí algunas ventajas de pertenecer a la Cofradía: el
amparo especial de Nuestra Señora, Reina del Rosario; b)
participación en las buenas obras y beneficios espirituales de los
miembros de la Orden de Santo Domingo y de la Cofradía en todo el
mundo; c) participación, después de la muerte, en las oraciones y
sufragios ofrecidos por dichos miembros en pro de los difuntos; d)
una indulgencia plenaria puede ganarse el día del alistamiento, en
las fiestas de Navidad, Pascua, Anunciación (la Encarnación del
Señor), la Asunción, Nuestra Señora del Rosario, Inmaculada
Concepción y Presentación de Nuestro Señor en el Templo.
5.-Aparte de las indulgencias que pueden ganarse como miembros
de la mencionada Cofradía, se ha concedido una indulgencia plenaria
a cada cinco misterios del Rosario que se recen de una vez en la
Iglesia u oratorio público, o con una familia, o en una comunidad
religiosa, o en la reunión de alguna asociación piadosa - y aquí
estaría incluida la Legión -. Se concede una indulgencia parcial si
se rezan en otras circunstancias.
6.-Nuevas normas para la indulgencia: a) confesión sacramental,
una sola confesión será suficiente para ganar varias indulgencias;
b) la Comunión eucarística, que hay que recibir cada vez que se
desee ganar una indulgencia plenaria; c) orar por las intenciones
del Papa, con un Padre Nuestro y una Avemaría, u otra oración; de)
se requiere también que uno esté libre de pecado, incluso de pecado
venial.
-El Santo Rosario es la más bella flor de
nuestra Orden. Si viniese a marchitarse, al mismo tiempo se
marchitaría y desaparecería la belleza y lustre de nuestro
instituto. Por otra parte, cuando esa flor revive, atrae sobre
nosotros, sin tardar, el rocío del cielo; comunica a nuestro tronco
un aroma de gracia y le hace producir frutos de virtud y honra,
arraigados en la sólida piedad" (Fr. Monroy, Maestro General de la
Orden de Predicadores).